REGLAMENTO OFICIAL DE LA PROMOCIÓN

GANA UNA MOTOCICLETA HONDA NAVI 110 – 2025, ÁGIL Y AMIGABLE

0. Organizador de la promoción

La presente promoción es organizada de manera independiente por las siguientes estaciones de servicio (en adelante, cada una denominada “LA BOMBA”):

1. Bomba Calle Blancos, de Inmobiliaria Yoma de San José S.A., cédula jurídica 3-101-158776, ubicada en Calle Blancos, Goicoechea.

2. Bomba Montelimar, de Estación de Servicio Gasolinero San Antonio de Guadalupe S.A., cédula jurídica 3-101-188193, ubicada en Calle Blancos, Goicoechea.

Ambas estaciones participan bajo un mismo reglamento general, pero cada una administra su propia promoción, buzón de cupones, sorteo y premio.

Los cupones depositados en una estación no participarán en el sorteo de la otra.

Descripción del premio según estación:

- En Bomba Calle Blancos se sorteará una motocicleta Honda Navi 110 modelo 2025, color BLANCO.

- En Bomba Montelimar se sorteará una motocicleta Honda Navi 110 modelo 2025, color NEGRO.

La frase “Ágil & Amigable” es una denominación publicitaria sin implicar características adicionales.

Nota aclaratoria importante:

La motocicleta será entregada físicamente por LA BOMBA al ganador. Sin embargo, todos los servicios asociados al premio (inscripción, IVA, marchamo 2026, inspección Dekra, garantía y mantenimientos incluidos) son responsabilidad exclusiva de la agencia SAVA, Sociedad Anónima de Vehículos Automotores, conforme a sus políticas de servicio.

LA BOMBA no realiza servicios de taller ni asume responsabilidades relacionadas con procesos propios de la agencia.

La participación implica la aceptación total del presente reglamento.

1. Requisitos de participación

1. La promoción es válida solo para personas mayores de 18 años.

2. Vigencia: desde el 12 de diciembre de 2025 a las 14:00 horas hasta el 28 de febrero de 2026 a las 23:59:59 horas.

3. Compras que generan participación (según estación):

a) Bomba Calle Blancos

En la Bomba Calle Blancos, la promoción es válida por cualquier compra debidamente registrada en los sistemas de la estación, incluyendo combustible, GLP, aceites, lubricantes, refrescos y cualquier otro producto o servicio facturado por LA BOMBA.

b) Bomba Montelimar

En la Bomba Montelimar, la promoción es válida exclusivamente por compras de combustible debidamente registradas en los sistemas de la estación.

Las compras de lubricantes, aceites, accesorios u otros productos distintos al combustible no generan cupones promocionales.

Disposición general aplicable a ambas estaciones:

Únicamente generarán derecho a participación aquellas compras que hayan sido debidamente registradas en los sistemas de LA BOMBA y efectivamente pagadas por el cliente.

No se considerarán válidas para efectos de esta promoción las compras anuladas, revertidas, pendientes de pago, otorgadas como cortesía, promociones internas, descuentos no facturados o cualquier otra operación que no represente un pago efectivo.

4.  Entrega de cupones:

  • Se entregará un (1) cupón promocional por cada ₡5.000,00 (cinco mil colones) completos en compras que califiquen para participación, conforme a lo indicado en el punto 1.3 anterior de este reglamento.
  • En el caso de GLP y refrescos, dichos productos generarán cupones únicamente en Bomba Calle  Blancos, por ser el único establecimiento donde están disponibles.
  • Mínimo para participar: ₡5,000.00.
  • Montos no múltiplos de ₡5,000.00 no generan cupón adicional.

   Ejemplos:

  • ₡5,000.00 1 cupón

  • ₡10,000.00 2 cupones

  • ₡14,000.00 2 cupones

  • ₡15,000.00 3 cupones

5. El cupón se entrega solo después del pago.

6. Campos obligatorios: nombre completo, cédula o pasaporte, teléfono.

2. Depósito de cupones

7. Fecha máxima para depósito: 28 de febrero de 2026.

Transcurrido el plazo, el participante pierde cualquier derecho y LA BOMBA puede disponer de los cupones.

3. Sorteo, ganador y suplente

8. El sorteo se realizará el 2 de marzo de 2026 en cada estación por separado.

9. Se extraerán:

   - 1 cupón ganador

   - 1 suplente

10. Se intentará contactar al ganador según los datos del cupón.

11. Plazo de contacto: 2 días naturales.

   Como el sorteo es el 2 de marzo, la fecha máxima para contacto es el 4 de marzo de 2026.

12. Si no se contacta al ganador, se contactará al suplente a partir del 5 de marzo de 2026.

13. El suplente tendrá 2 días para responder.

4. Reclamo del premio

14. El ganador tendrá hasta el 10 de marzo de 2026 para presentarse, aceptar y firmar documentos.

15. Después de esa fecha, el premio caduca sin responsabilidad para LA BOMBA.

16. Únicamente la persona del cupón puede reclamar el premio.

5. Condiciones del premio

18. El premio se entrega tal como está descrito. No hay mejoras, cambios, sustituciones ni dinero.

19. Si el ganador no acepta el premio, se considera renunciado.

20. Si no firma los documentos necesarios, se considera renuncia total.

6. Alcances del premio (incluye)

Los siguientes beneficios son responsabilidad de la agencia SAVA, Sociedad Anónima de Vehículos Automotores, y no de LA BOMBA:

1. Gastos y trámites de inscripción.

2. IVA.

3. Marchamo 2026.

4. Inspección Dekra.

5. Garantía de 6 meses o 6.000 km, lo que ocurra primero, brindada por la agencia SAVA, Sociedad Anónima de Vehículos Automotores conforme a sus políticas de servicio.

6. Tres mantenimientos: 1,000.00 km, 2,500.00 km y 4,000.00 km, en los cuales el cliente no paga mano de obra, únicamente los insumos requeridos. Estos mantenimientos son cubiertos por la agencia SAVA, no por la estación de servicio organizadora de la rifa.

7. Exclusiones del premio (NO incluye)

1. Accesorios adicionales (casco, maleteros, protecciones, etc.).

2. Combustible.

3. Mantenimientos o reparaciones no incluidos.

4. Insumos no cubiertos por garantía.

5. Multas o sanciones.

6. Accidentes, daños, lesiones o muerte derivadas del uso.

7. Transporte para retirar el premio.

8. Mejoras o personalizaciones.

9. Sustitución por dinero.

8. Responsabilidad de LA BOMBA

21. LA BOMBA es responsable de entregar cupones, realizar el sorteo y entregar el premio.

22. Una vez entregado el premio, LA BOMBA no responde por daños, accidentes o gastos relacionados con el uso.

23. Gastos de transporte o retiro serán pagados únicamente por el ganador.

9. Imagen y publicidad

24. Imágenes publicitarias son ilustrativas.

25. El participante autoriza uso de su nombre e imagen sin compensación.

10. Requisitos legales y renuncia

26. Para reclamar el premio, el ganador deberá cumplir con todos los requisitos establecidos en este reglamento, así como con los requisitos legales vigentes en Costa Rica aplicables al traspaso de vehículos, incluyendo la presentación de documentos de identidad válidos y cualquier otro trámite que la normativa exija. La falta de cumplimiento de dichos requisitos implicará la imposibilidad de realizar el traspaso y se entenderá como renuncia al premio, sin derecho a reclamo.

27. Todos los plazos establecidos en este reglamento son improrrogables. El incumplimiento por parte del participante o ganador de cualquiera de los procedimientos, requisitos o plazos indicados implicará la pérdida automática de los derechos que este reglamento le confiere, sin derecho a reclamo, indemnización o compensación de ningún tipo.

11. Modificaciones al reglamento

28. LA BOMBA podrá realizar modificaciones al presente Reglamento cuando lo considere necesario por razones operativas, administrativas o de organización, siempre y cuando dichas modificaciones no alteren la transparencia del sorteo ni perjudiquen a los participantes.

29. Toda modificación será publicada en la página oficial www.bombacr.com, siendo ese el único medio válido de difusión.

30. Las modificaciones regirán a partir de la fecha de publicación de la versión actualizada del reglamento.

12. Fuerza mayor o caso fortuito

31. En caso de presentarse situaciones de fuerza mayor o caso fortuito que impidan la realización del sorteo en la fecha prevista —incluyendo, pero no limitado a: fallas técnicas, interrupciones de servicios, desastres naturales, huelgas, disposiciones gubernamentales u otros eventos fuera del control de LA BOMBA— esta se reserva el derecho de modificar la fecha, hora o condiciones del sorteo.

32. Cualquier cambio será comunicado mediante la publicación en la página oficial www.bombacr.com. Los cambios aplicarán a partir de la fecha de publicación de la versión modificada.

33. LA BOMBA no será responsable por perjuicios que tales modificaciones pudieran generar a los participantes.